viernes, 8 de octubre de 2021

Año terminará con más de un millón de multas por imprudencia vial..

 

Entre enero-agosto de este año, Digesett registró 947 mil 562 infracciones, números que reflejan un aumento significativo con relación a los últimos tres años.
El no uso de casco y violar luz roja encabezan lista. Imponen 128 sanciones por transportar pasajeros en carros fúnebres

Santo Domingo RD...Transitar en la vía pública es un derecho


que está condicionado al cumplimiento de una serie de normas establecidas por ley; pasar los límites acarrea consecuencias y pérdidas irreparables. No obstante, cada día son más los que violan las reglas del tránsito, convirtiendo cada desplazamiento en una actividad peligrosa y estresante.

En el período enero-agosto del 2021, la Dirección General de Seguridad de Tránsito y Transporte Terrestre (Digeset) registró 947 mil 562 infracciones, cifras que presentan un aumento significativo si se compara con las contravenciones cometidas en igual período en los últimos tres años. Muchas de estas conductas temerarias quedan levantadas en un acta por un agente fiscalizador. De acuerdo con el tipo de violación y gravedad del hecho se determina si el infractor debe pagar con prisión o dinero; y si se cumpliera lo establecido en la ley, incluso con la suspensión de la licencia de conducir. Según levantamientos oficiales, en los primeros ocho meses del 2020 las infracciones de tráfico llegaron a 300 mil 338. La disminución podría tener origen en las medidas de restricción al libre tránsito junto a la pausa y ralentización de las actividades económicas, sociales y recreativas, como consecuencia de la covid-19. Sin embargo, pese a las prohibiciones, ese año concluyó con 614, 808 contravenciones.

En tanto, de enero-agosto del 2019 se cometieron 688 mil 349 violaciones a la ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, cantidad superior a las registradas en 2018, tiempo en que se contaron 513 mil 565, en el mismo período. Al cierre, ambos años terminaron con 1,003, 852 y 812,930 contravenciones, respectivamente.

Volvamos al 2021. Las infracciones más comunes en los primeros ocho meses de ese año fueron las siguientes: no llevar casco protector (247,431), irrespeto a la luz roja, (102,637), transitar sin seguro o vencido (73,558), conducir sin licencia o vencida (65,266), no uso del cinturón de seguridad (59,103) y exceso de velocidad (46,742).

Seguido del uso del celular o dispositivos electrónicos al volante (32,812), obstruir el tránsito (30,462), falta o pérdida de medidas de seguridad (28,930), giro prohibido (28,925). Pero estas solo son diez de los 101 tipos de infracciones cometidas.

La Ley 63-17 establece que los conductores que se distraigan por el uso de teléfonos celulares u otros aparatos electrónicos mientras conduzcan, o por realizar actividades que impidan mantener las manos sobre el volante, serán sancionados con una multa equivalente de uno a tres salarios mínimos que impere en el sector público centralizado, y la reducción de puntos en la licencia que determine el reglamento. Solo será permitido el uso de teléfonos celulares cuando se utilice dispositivos de manos libres. También se impusieron sanciones por estacionarse en lugar prohibido (28,870), transitar en vía contraria (23,440), conducir sin luces (19,077), sin matrícula (17,587) y sin placa (12,648).

En el listado de infracciones de enero-agosto 2021, también aparecen otras fiscalizaciones que en tiempos atrás pasaban desapercibidas por estar normalizadas como exceder la capacidad de asientos (106), traslado de niños menores de ocho años en motocicletas (241) y el uso de animales como medio de tracción en las vías públicas (60).

Otras contravenciones, un poco más curiosas, involucran vehículos de servicios funerarios (115). Solo por transportar pasajeros en carros fúnebres se registran 128 infracciones en el tiempo evaluado. “Se prohíbe transportar personas o cargas dentro del espacio donde se encuentre ubicado el ataúd. Únicamente se admitirán pasajeros en la cabina del conductor. La violación a esta disposición por las empresas prestadoras del servicio fúnebre hará responsable a las mismas, y serán sancionadas con multa equivalente a un salario mínimo”, dicta la ley.

Por otro lado, también se levantaron actas de infracción por conducir en estado de embriaguez (133) y uso de documentos falsos o alterados (267).

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