lunes, 15 de junio de 2020

Exmiembro JCE asegura Aristy Castro no puede apoyar a ningún otro candidato..

Eddy Olivares Ortega dice la casilla en nivel presidencial del PLR debe aparecer en blanco..
Vista del legislador Amable Aristy Castro durante su llegada al Congreso Nacional este jueves 27 de febrero de 2020. (DIARIO LIBRE/ DANELIS SENA/ARCHIVO)

Santo Domingo RD...Luego de romper su pacto de alianza con el oficialismo, el senador Amable Aristy Casto, no podrá formalizar ningún tipo de acuerdo con otro partido político ni tampoco apoyar a determinado candidato presidencial, aseguró este viernes el exmiembro de la Junta Central Electoral (JCE), Eddy Olivares Ortega.

Precisó que el Partido Liberal Reformista (PLR) deberá acudir solo a las elecciones del día 5 de julio en el nivel senatorial y no podrá postular un candidato a la presidencia, por lo que su casilla aparecerá en blanco en la boleta del nivel presidencial.

Indicó que ello no quita que Aristy Castro llame a sus seguidores a votar por el candidato a la presidencia de su preferencia..

“Los contratos de alianza y coalición se disuelven automáticamente después de las elecciones para la cual hayan sido suscrito. Aunque la ley no lo establece de forma taxativa, las alianzas y coaliciones pueden disolverse por mutuo acuerdo o de conformidad con el derecho común antes de las elecciones”, enfatizó..

Destacó que muy pocas veces ha ocurrido que un partido renuncie a un pacto de alianza antes de la celebración de las elecciones.

Olivares Ortega explicó que el Partido de la Liberación Dominicana (PLD) podrá inscribir un candidato a senador por la provincia La Altagracia, siempre que sea admitido por la Junta Central Electoral (JCE). Aclaró que el acuerdo entre el PLD y PLR solo abarcaba los niveles presidencial y senatorial, por lo que los candidatos a diputados no se verán afectados por el rompimiento de la alianza.

“Por lo tanto, al candidato presidencial del PLD, Gonzalo Castillo, no les serán sumados los votos que obtenga el PLR. Del mismo modo, en el nivel senatorial, al candidato a senador, Aristy Castro no le serán sumados los votos del PLD ni a los candidatos a senadores de este los votos del PLR”, especificó.

De la Ley

La figura de la alianza se encuentran definida en el artículo 2 de la Ley No. 15-19, Orgánica del Régimen Electoral, de la manera siguiente: “Acuerdo establecido entre dos o más partidos para participar conjuntamente en uno o más niveles de elección y en una o más demarcaciones electorales”.

La admisión o rechazo de las alianzas y coaliciones es potestad absoluta de la Junta Central Electoral, cuya resolución, de conformidad con el párrafo III del artículo 126, solo podrá ser recurrida en revisión ante ella misma..

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