Santo Domingo RD...Si usted tiene la suerte de que puede
La celebración de estas fechas de conformidad con lo establecido en la Ley 139-97, deberá ser aplicada en todos los establecimientos del país.
En las empresas que por su naturaleza deben permanecer abiertas al público, los trabajadores deben recibir una remuneración adicional, de acuerdo a lo establecido en el Código de Trabajo..
En tiempos de coronavirus COVID-19 la cuarentena ha obligado a gran parte de la humanidad a quedarse en casa para prevenir el contagio de esta terrible enfermedad, por lo que mantener la actividad laboral, en forma de empresario o empleado se ha convertido en una necesidad para todos.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario