“Si el siglo XX fue el de la justicia constitucional, el siglo XXI está siendo marcado por la conquista de los derechos de los ciudadanos ante los tribunales constitucionales”, planteó el catedrático universitario, Nanphi Rodríguez.
Santo Domingo RD...El periódico Listín Diario,
considerado como decano de la prensa nacional, valoró este viernes los aportes del abogado Namphi Rodríguez a la defensa de los derechos ciudadanos, muy especialmente en lo que respecta a los consumidores, la intimidad y la libertad de expresión en la República Dominicana.En un amplio reportaje sobre las contribuciones de Rodríguez a la defensa ciudadana, el Listín diario refiere, entre otras, la sentencia en que el Tribunal despenalizó parcialmente los delitos de prensa en el país, junto a prestigiosos directores de diarios dominicanos.
El medio resalta los aportes a la defensa de los derechos fundamentales por parte del abogado constitucionalista y profesor universitario, quien aspira a ocupar una posición como juez del Tribunal Constitucional, de las cinco vacantes cuyos aspirantes se encuentran en proceso de evaluación por el Consejo Nacional de la Magistratura.
El abogado constitucionalista Namphi Rodríguez sostuvo ayer que la cultura constitucional de un país se construye desde el litoral de los ciudadanos.
“Si el siglo XX fue el de la justicia constitucional, el siglo XXI está siendo marcado por la conquista de los derechos de los ciudadanos ante los tribunales constitucionales”, planteó el catedrático universitario, Nanphi Rodríguez.
Rodríguez, quien aspira a juez del Tribunal Constitucional, ha ganado litigios incoados por derechos de ciudadanía, que considera, han consolidado la libertad de expresión en la República Dominicana, al igual que los derechos de los consumidores y el derecho a la intimidad.
El Tribunal Constitucional ha acogido varias acciones de inconstitucionalidad presentadas por el jurista desde la Fundación Prensa y Derecho.
En el 2016 logró la sentencia del Tribunal Constitucional TC/0075/16, que despenalizó parcialmente los delitos de prensa en República Dominicana, la cual acogió una acción incoada junto con los directores de los periódicos Listín Diario, Miguel Franjul, de El Caribe, Osvaldo Santana, y de El Día, Rafael Molina Morillo (fallecido).
Antes, en noviembre del 2013, el Constitucional emitió la sentencia TC/0200/13, al acoger una acción directa de inconstitucionalidad de la Fundación Prensa y Derecho contra el Instituto Dominicano de las Telecomunicaciones (Indotel), por el derecho a la intimidad de los usuarios de las telecomunicaciones.
Con este fallo, se impidió que los organismos represivos del Estado tuvieran acceso directo y sin orden judicial a los archivos de las comunicaciones telefónicas y por internet de los ciudadanos.
Luego, también el Tribunal Superior Administrativo (TSA), mediante la sentencia TSA/442/13, ordenó al Indotel y al Instituto de Defensa de los Derechos del Consumidor o Usuario (Pro-Consumidor) revisar las cláusulas abusivas de los contratos de adhesión de las empresas telefónicas con los usuarios y ciudadanos, en virtud de una instancia presentada por la Fundación Prensa y Derecho.
En octubre de 2016, el TC emitió el fallo TC/0484/16, declarando la inconstitucionalidad de la Ley 172-13, de Protección de Datos de Carácter Personal, que permitió romper los obstáculos para que los ciudadanos pudieran acceder a los “archivos delictivos” de los organismos represivos del Estado..
Redacción/elCorreo.do
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